En primera votación, el Pleno del Congreso aprobó que el Reinfo se extienda por seis meses
Con 87 votos a favor, 19 en contra y 12 abstenciones, el Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del dictamen que establece la ampliación del plazo del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) como parte del proceso de formalización de la actividad en la pequeña minería y minería artesanal.
Tras la decisión de esta medida, los congresistas votaron también para la exoneración de la segunda votación y se conoció que se procederá a envíar la norma al Ejecutivo para su eventual promulgación u observación dentro del plazo determinado.
Es preciso recordar que la tarde de este viernes 29 de noviembre, la Comisión de Energía y Minas aprobó por mayoría el dictamen que amplía el Reinfo por seis meses más, hasta el 30 de junio de 2025, con la posibilidad de extenderlo por otros seis meses mediante decreto supremo, pero esta última sería una medida excepcional.
Asimismo, menciona que el plazo es “transitorio” hasta la promulgación de la Ley de Pequeña Minería y Minería Artesanal.
Incluye disposiciones de la Ley MAPE, que otorga al Ministerio de Energía y Minas (MINEM) mayores competencias en la fiscalización y supervisión de los pequeños mineros y mineros artesanales. Esto podría reducir el rol de los gobiernos regionales, aunque no se ha definido claramente cómo se coordinarán estas competencias.
¿QUÉ ES EL REINFO?
Según información de la Sunat, el Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) es un padrón administrado por el Ministerio de Energía y Minas (Minem), que agrupa a todas las empresas y negocios que se dedican a la explotación o beneficio en el segmento de pequeña minería y minería artesanal, y las exime de responsabilidad penal por el delito de minería ilegal.
La institución asegura que el Reinfo permite formalizar a los negocios dedicados a los dos segmentos mineros antes señalados, a fin de combatir la minería ilegal, brindar oportunidades de desarrollo económico a estas empresas y preservar el medioambiente en áreas naturales protegidas.
«Si no cumples con estas obligaciones, tu inscripción en el REINFO será suspendida de forma automática y temporal. El Ministerio de Energía y Minas, a través de la Dirección General de Formalización Minera, levantará la suspensión de oficio una vez cumplidas las obligaciones señaladas y aquellas de cargo del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), como la presentación de los aspectos correctivo y preventivo del IGAFOM, así como la declaración de producción semestral. Esto se encuentra regulado por el Decreto Supremos N° 009-2021-EM.