Minería y construcción

Gobierno promulgó ley que amplía vigencia del Reinfo hasta diciembre de 2026

Norma fue publicada este viernes en el diario oficial El Peruano e incorpora un censo minero que debe iniciarse en seis meses.

El Poder Ejecutivo oficializó este jueves la ampliación del proceso de formalización minera en el país, una medida que busca dar aire a miles de pequeños y artesanales operadores que aún no culminan su regularización. A través de la Ley Nº 32537, publicada en El Peruano, el Gobierno extendió la vigencia del procedimiento hasta el 31 de diciembre del 2026, o hasta la entrada en vigor de la Ley de la Pequeña Minería y Minería Artesanal (MAPE) y su reglamento, lo que ocurra primero.

La norma modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1293, marco que declaró de interés nacional la formalización de estas actividades, y fija un nuevo horizonte para la culminación del proceso, que ha sido objeto de sucesivas prórrogas mientras los operadores avanzan en cumplir con los requisitos ambientales, técnicos y administrativos.

Además de extender los plazos, la norma abre una nueva fase de ordenamiento institucional. El Ejecutivo tendrá 60 días para adecuar el reglamento del Registro Integral de Formalización Minera (Reinfo) y emitir disposiciones complementarias. El Ministerio de Energía y Minas (Minem) será el ente rector y coordinará con gobiernos regionales para simplificar trámites, brindar asistencia técnica y reforzar capacidades de control ambiental y social.

Uno de los componentes centrales será el censo nacional de la pequeña minería y minería artesanal, a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), en coordinación con el Minem y el Ingemmet. Este deberá iniciarse en un máximo de seis meses y concluir en un plazo no mayor a doce meses, con el objetivo de establecer una línea base real del sector, sus operadores, territorios y condiciones productivas.

En paralelo, los titulares inscritos en el Reinfo deberán cumplir un sinceramiento obligatorio de sus operaciones: dentro de los 120 días posteriores a la entrada en vigor de la ley, deberán reportar por vía digital, a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera del Minem, la ubicación georreferenciada, el yacimiento, el área operativa y las actividades desarrolladas. El Minem validará esta información “de manera técnica y objetiva” y podrá solicitar precisiones adicionales.

La formalización también incorpora exigencias laborales. La Sunafil tendrá un plazo de 60 días para emitir el reglamento que permita verificar que los operadores inscritos incorporen a sus trabajadores en planilla, bajo la normativa vigente. Con ello, el Gobierno busca que la regularización no solo sea documental, sino también laboral y de seguridad social.

Publicaciones relacionadas

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba