Sunedu se enfrenta a la UNI y le abre un proceso sancionador por caso de rectora interina no reconocida

La Universidad Nacional de Ingeniería no solo sería multada sino también se le podría suspender su licenciamiento. Sunedu no reconoce a rector que fue elegido por Asamblea Universitaria, lo que es rechazado por estudiantes y decanos.
Siguen las discrepancias. La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) ha decidido abrir un procedimiento administrativo sancionador contra la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) por presuntas infracciones vinculadas a la modificación de su estatuto y a la elección de un rector ante la vacancia del cargo.
Este caso se remonta, a inicios de mayo, cuando la Sunedu inscribió como rectora interina de la UNI a la vicerrectora académica, Shirley Chilet Cama, en reemplazo del renunciado rector Alfonso López Chau. No obstante, esto se ejecutó pese a que la Asamblea Universitaria ya había designado en ese puesto al vicerrector de investigación, Arturo Talledo Coronado, el pasado 25 de abril, basándose en su estatuto que había sido modificado un mes antes.
De esta manera, la decisión de la Sunedu fue rechazada por la asamblea universitaria de la UNI; así como por 13 colectivos estudiantiles y siete decanos que la calificaron «de arbitraria, abusiva y violatoria de la autonomía universitaria». Es más, hubo una toma de la universidad que terminó con el reconocimiento de Arturo Talledo, quien dirige la UNI hasta el momento.
Pues bien, la Sunedu informó que, mediante un informe técnico, se ha conocido que la Asamblea Universitaria de la UNI eligió un rector interino, tras la renuncia del titular, aplicando una reforma estatutaria que no habría cumplido con los procedimientos formales ni respetado el principio de participación democrática.
Indicó también que, según la Unidad de Delimitación de Responsabilidades Administrativas de la Sunedu, “la Asamblea Universitaria de la UNI habría excedido sus atribuciones al modificar el artículo 55 de su estatuto para atribuirse la elección del rector en caso de vacancia del cargo, contraviniendo lo establecido en el artículo 66 de la Ley Universitaria, que dispone que dicha elección debe realizarse por sufragio universal, directo y secreto de docentes y estudiantes”.
La institución advirtió que, de confirmarse los hechos, se configuraría la infracción tipificada en el numeral 4.7 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, calificada como grave. Esto quiere decir que la UNI no solo podría ser castigada con una multa de hasta el 3% de sus ingresos brutos anuales o de su presupuesto institucional modificado sino también podría suspenderse su licencia de funcionamiento.
Debido a ello, la Sunedu ha otorgado a la UNI un plazo de 10 días hábiles para presentar sus descargos, conforme a lo previsto en el procedimiento administrativo sancionador.